Complemento de régimen
El complemento de régimen es conocido también como complemento preposicional, y es relativamente fácil de identificar por cuanto, para que aparezca, tiene que darse un requisito fundamental: la aparición de un verbo de régimen preposicional. En seguida veremos en qué consisten.
Cuando queremos añadir un complemento directo, indirecto o circunstancial a determinados verbos, nos damos cuenta de que sólo podemos hacerlo empleando una preposición concreta, pues de otra manera, si empleáramos otra o no empleáramos ninguna, estaríamos cometiendo un error. Son verbos pues que imponen el uso de una preposición y ninguna otra. Y estos verbos se llaman “verbos de régimen preposicional”. Veamos algunos ejemplos:
Juan confió en que le darían la beca para estudiar en el extranjero
María se enamoró de él en el instante en que lo conoció
Este libro versa sobre la importancia de la amistad
Analicemos detenidamente estos ejemplos. Si nos fijamos, se trata de oraciones normales todas ellas con sujeto y predicado. Pero tienen una particularidad. El complemento verbal principal va precedido por una preposición. Hagamos un ejercicio muy fácil: tratemos de sustituir esa preposición por otra y luego sigamos leyendo…
En efecto, no es posible. En la primera oración, Juan podría confiar en muchas cosas o no confiar en nada, pero en cualquiera de los casos la preposición “en” no se separará del verbo “confiar”. Siempre van juntos. No se puede “confiar de” ni “confiar con” ni “confiar hacia”. Sí se puede “confiar a”, pero en este caso estaríamos utilizando una acepción distinta del significado de confiar”. En otras palabras, podríamos decir “Juan le confió a Pedro el cuidado de su perro”, pero aquí estaríamos hablando de confiar como “dejar al cuidado de”, y no como “fiarse de”. Juan puede “confiar en Pedro”, pero no “confiar a Pedro”. En este último caso, haría falta un complemento directo para que la oración alcanzara sentido.
Los otros dos ejemplos son iguales. María puede enamorarse de uno o de otro, pero no puede “enamorarse a” ni “enamorarse con”. Sólo puede “enamorarse de”. Enamorar es un verbo reflexivo de régimen preposicional que sólo admite la preposición “de” junto a él.
El caso de versar es idéntico, como el de otros muchos verbos. Cuando decimos “versar” con la acepción de “tratar de” sólo podemos continuar con la preposición “sobre”. No podemos decir “este libro versa de la amistad”, o “versa en la amistad”, o ninguna otra preposición. Podemos decir que “trata de la amistad”, o que “va de la amistad”, pero si utilizamos el verbo “versar”, tenemos que emplear obligatoriamente la preposición “sobre”.
Y todos los complementos que comienzan por una preposición que nos viene impuesta son, pues, complementos preposicionales o de régimen.