Caso nominativo
Los casos gramaticales están acostumbrados a formar parte de las «tinieblas» de la gramática. Son desconocidos por muchos, y conocidos por otros como una de las más partes más avanzadas y complejas del estudio gramatical. En La Guía de Lengua queremos arrojar un poco de luz sobre ellos y «acercarlos», en la medida de lo posible, con la intención de enseñar que tal vez no sean tan inescrutables.
Dado que la definición «oficial» de los casos gramaticales es bastante complicada, es recomendable empezar viendo qué hacen realmente los casos y cómo funcionan. Más adelante los definiremos. Su función, pues, es la de gestionar las relaciones sintácticas y semánticas que se dan entre las palabras de una oración. Dicho en pocas palabras, el caso gramatical establece la forma en la que un idioma se habla «gramaticalmente».
Es mejor utilizar algún ejemplo para ilustrar lo dicho hasta ahora. Si en nuestro idioma quisiéramos decir que una persona contrató a otra, aun sin variar la palabra principal («contratar») podríamos decirlo de varias maneras. Por ejemplo, podríamos decir que «José contrató a Antonio», pero también que «A Antonio lo contrató José». También podríamos decir que «José a Antonio lo contrató», que aunque suene más extraño y no se use casi nunca, es correcto desde el punto de vista gramatical.
En cualquiera de los casos, en seguida nos damos cuenta de que hay algo que no cambia. Antonio, el contratado, el paciente de la acción verbal, siempre va precedido de «a». Entre las muchas variaciones que la frase anterior puede sufrir no cabe la posibilidad de separar «a» de «Antonio», ya que si lo hiciéramos, la oración perdería todo su significado. Es una regla del idioma español: cuando el complemento directo de una oración es una persona, ésta ha de ir precedida de la preposición «a». Siempre.
Ahora ya estamos preparados para saber cómo definen los lingüistas al caso gramatical: el caso es la asignación de un marcaje morfosintáctico a un elemento de la oración según el papel temático que desempeña en la predicción verbal.
No existe, por supuesto, un único tipo de caso gramatical. Al contrario. En este artículo, y ahora que ya hemos situado el contexto básico, vamos a estudiar uno en concreto: el nominativo.
El caso nominativo rige las relaciones gramaticales de las grandes lenguas occidentales, como el español y el resto de las lenguas latinas (portugués, francés, italiano, catalán, etcétera), así como el resto de lenguas indoeuropeas, incluidas las germanas (alemán, inglés, etcétera). El sistema, en realidad, se compone de dos casos: el nominativo (no marcado) que aglutina al agente en las oraciones transitivas paciente en las oraciones intransitivas; y el acusativo, que abarca al paciente de las oraciones transitivas. De modo que le caso nominativo es una de las partes del sistema «nominativo-acusativo» (NOM-ACU).
Muchas de las lenguas citadas entienden el caso nominativo como la forma estándar de la palabra, de forma que es la que los diccionarios recogen al entenderla como una forma no flexionada ni derivada. No obstante esto no es una norma sino una convención, pues existen lenguas (como el sánscrito) de tipo «nominativo-acusativo» que no hacen lo anterior.