Lengua
Inicio Libros, Literatura Las Siete partidas

Las Siete partidas

Publicado por Aroa Plaza

siete

En la sección de literatura de La Guía 2000, hoy dedicamos este espacio al estudio de la prosa medieval en España, concretamente a una de las obras nacidas en el taller del rey Alfonso X el Sabio, las Siete partidas. Para la composición de esta obra el rey sabio se rodeará de un grupo de juristas, entre los que destacan Jácome Ruiz, el maestro Roldán y Fernando Martínez. Con la creación de esta obra, Alfonso X pretende esclarecer el origen de las leyes, su soporte racional y su unión con la moral cristiana, los libros sagrados y la sabiduría oriental islámica o hinduista. Además quiere confeccionar el patrón del lenguaje sencillo, transparente y claro que debería emplearse en la prosa jurídica.

Durante la creación de esta ingente obra fueron necesarias la revisiones constantes delo que ya se había redactado y lo que, en un primer momento, iba a ser una pieza clave para las aspiraciones del rey, se convirtió más tarde en uno de los elementos empleados por sus contrarios para destronarlo.

Las fechas en las que fue redactado el libro aparecen claramente señaladas en el códice. Veámoslas:

– El prólogo del libro escrito por Alfonso X se comenzó a escribir en el año 1256 y fue terminado en 1265.

– Entre los años 1270 y 1275 se redactan nuevamente algunas de las leyes de mayor importancia.

Al principio, la obra no está dividida en siete partes ni recibe el nombre de Partidas. Tras la nueva redacción de los años setenta, adoptará el nombre de las Sietes partidas y se añadirá un nuevo prólogo. Además, las siete letras que forman nombre del rey irán apareciendo al inicio de cada una de las siete partidas, lo que muestra la intención de subrayar la potestad de Alfonso como rey. En resumen, podemos decir que el libro El Espéculo, también impulsado por Alfonso X en 1255, se ve amplificado en el también libro alfonsí Libro del fuero de las leyes, compuesto entre 1256 y 1265, y que este, a su vez, será modificado y transformado en las Siete partidas, la obra definitiva. La estructura no resulta complicada: las siete partidas se hallan divididas en títulos y dentro de ellos aparecen las leyes.

En la Partida I, el pensamiento jurídico se ve sometido a las ideas de la Iglesia. Con ello, Alfonso X pretende ganarse el favor de esta en sus intereses políticos.

En la segunda de las partidas, el monarca muestra un tipo de autoridad firme e indiscutible, pero que se ve menguada por las limitaciones que la aristocracia le impone.

Entonces, la Partida I aborda el derecho canónico, mientras que la segunda se encarga del derecho nobiliario. La Partida III trata del derecho procesal y la cuarta del derecho matrimonial. La quinta, la sexta y la séptima están dedicadas al derecho mercantil, al testamental y al penal, respectivamente.

En conclusión, las Sietes Partidas trata de ser un compendio independiente de los fueros y costumbres existentes en el territorio castellanoleonés, el Derecho Canónico y los juriconsultos romanos entre otros, transformados para satisfacer las necesidades jurídicas de una sociedad concreta, la que vivía bajo el reinado del rey Alfonso X.